El Congreso de Intendentes aprobó una reglamentación nacional para monopatines eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP), que establece una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y limita su uso a una sola persona.

Según la información difundida por el Congreso, los vehículos deberán circular por la calzada o por infraestructura destinada a la movilidad activa cuando esté habilitada, mientras que no podrán hacerlo por las veredas, salvo excepciones definidas por cada autoridad departamental y respetando siempre la prioridad peatonal.

Los usuarios deberán llevar casco correctamente ajustado y elementos reflectivos o de alta visibilidad. Los vehículos tendrán que contar con sistema de frenado y luces delanteras, traseras y laterales.

No será necesario el empadronamiento tradicional, aunque las intendencias podrán crear registros para identificar a los responsables. La edad mínima será fijada entre los 14 y 16 años por cada gobierno departamental y los menores de 18 deberán contar con autorización de sus padres o tutor.

Foto: Unasev

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